sábado, 6 de junio de 2015

4. Los derechos naturales del hombre como fundamento del Estado moderno.


Estos derechos naturales del hombre, para aquel momento, eran: la libertad, la igualdad y el derecho a la vida. El hombre esboza con el derecho por primera vez estos derechos adquiridos innatamente y se establece por primera vez la norma jurídica, que por supuesto fue, es y será, tiene y siempre tendrá como precedente los postulados del derecho natural sea en la materia penal, civil, administrativa, laboral, etc; toda norma jurídica creada por el ser humano, promulgada y sancionada legislativamente tendrá su base en los postulados del Derecho Natural: Esta es la raíz, la base de la norma jurídica en Venezuela y en cualquier parte del universo.
La diferencia estriba en que esos derechos naturales tienen características particulares que debemos manejar. El hombre nace con ellas y hasta que no acabe el hombre el Derecho Natural prevalecerá.
Los Derechos naturales son científicamente, objetivamente, a través del intelecto la base del Derecho, de la norma jurídica y esas características no son más que las cuatro del Derecho Natural:
a) es innato: nace con el hombre,
b) es inmutable: nadie lo puede cambiar,
c) es imprescriptible: porque nació, se mantiene y se mantendrá en el tiempo y en el espacio y;
d) es inalienable: por que nadie lo podrá cambiar.
Estas son las cuatro características del Derecho natural del ser humano.
Cuales son las características que se presentan como justificativo del nacimiento del Estado moderno, en otras palabras, de la norma de hoy, - según las épocas estamos en la época contemporánea - Cuál es el justificativo del Derecho Natural; cómo se caracteriza el Derecho Natural a través de estas cuatros características: es innato, inalienable, imprescriptible e inmutable.